Compraventa
(De compra y venta.) f. Der. Contrato bilateral consensual por el que una parte (vendedor) se obliga a transmitir una cosa o derecho a otra (comprador), a cambio de que ésta se obligue a pagarle una cantidad de dinero llamada precio. Supuesta la capacidad ordinaria para obligarse los contratantes, resaltan en primer lugar los requisitos del objeto de la compraventa; así, la cosa o derecho, que no tiene por qué ser propiedad del vendedor, deberá poderse vender, excepto si no es lícita o existe alguna prohibición legal expresa. En segundo lugar ha de considerarse la existencia de un precio estipulado en dinero o símbolo que lo represente; si aquel fuere una cosa, estaríamos ante otra figura contractual: la permuta. En cuanto a las obligaciones de las partes, han de señalarse las siguientes: a) obligaciones del comprador: pago del precio convenido y, eventualmente, pago de los intereses, en caso de que transcurra un tiempo entre la entrega de la cosa y el pago; b) obligaciones...
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